Propuestas de Gobierno

Ordenanza para la creación del área de conservación y uso sustentable provincial Microcuenca Río Chinambí

Es
Introducción

La Dirección de Gestión Ambiental ha iniciado el trámite de consulta ciudadana previo a la elaboración del proyecto de Ordenanza para la creación del área de conservación y uso sustentable provincial Microcuenca Río Chinambí. Dicha consulta persigue mejorar la participación de la ciudadanía

La propuesta de elaborar la Ordenanza  es parte del Proyecto de Conservación de Anfibios Ecuatorianos y Uso Sostenible de sus Recursos Géneticos que lleva a cabo el Ministerio del Ambiente, financiado por el Fondo Ambiental Mundial GEF, el Programa de las Naciones Unidas (PNUD) en apoyo de la Prefectura del Carchi.

Con la elaboración de la Ordenanza se persigue declarar en calidad de Área de Conservación y Uso Sustentable  Provincial, que tiene una superficie de 4.261,75 hectáreas aproximadamente, del sitio denominado Microcuenca Río Chinambí, ubicada en las Comunidades de Chinambí y San Jacinto, parroquia rural: Jacinto Jijón y Caamaño, del cantón Mira en la jurisdicción de la provincia de Carchi.

El Art. 405 de la Constitución de la República del Ecuador textualmente dispone: El sistema nacional de áreas protegidas garantizará la conservación de la biodiversidad y el mantenimiento de las funciones ecológicas. El sistema se integrará por los subsistemas estatal, autónomo descentralizado, comunitario y privado, y su rectoría y regulación será ejercida por el Estado. El Estado asignará los recursos económicos necesarios para la sostenibilidad financiera del sistema, y fomentará la participación de las comunidades, pueblos y nacionalidades que han habitado ancestralmente las áreas protegidas en su administración y gestión”.

Abrimos a través del portal web del Gobierno Abierto de la Prefectura del Carchi, una consulta ciudadana para recabar la opinión de las personas y de las organizaciones más representativas potencialmente favorecidos por la futura Ordenanza acerca de:

a) La prevención, conservación, administración y manejo, del área a ser conservada.

b) La protección de los páramos, bosques, fuentes y zonas de recarga de agua, ojos de agua y más espacios hídricos, para asegurar la integridad de los ecosistemas, prestación de bienes y servicios ambientales y la protección de su riqueza biológica;

c) Los límites del Área de Conservación y Uso Sustentable Provincial.

En la consulta previa se plantean una serie de cuestiones a modo de ejemplo para que los ciudadanos puedan dar su opinión  o  plantear sus sugerencias sobre lo planteado en el documento abierto a la ciudadanía hasta el 15 de Mayo del 2017  (lilia.herrera@carchi.gob.ec)

#OrdenanzaConservaciónChinambí